¿Qué es la Formación Bonificada a través de la Fundación Tripartita?
El crédito de formación que asigna el Ministerio de Trabajo e Inmigración, le permite formar a los trabajadores bonificando los costes de formación con cargo a las cuotas de cotización a la seguridad social a través de la Fundacion Tripartita.
Anualmente, se asigna a las empresas una cuantía en concepto de credito de formación con el objeto de formar al personal de las empresas.
Una vez realizada la Formación, el gasto será deducido de las cotizaciones a la Seguridad Social de la empresa formada. El órgano encargado de la gestión de la bonificación es la Fundacion Tripartita para la formación en el Empleo.
En caso de no utilizar el credito gestionado por la Fundacion Tripartita para la formación dentro del período de vigencia (año en curso), no podrá ser utilizado el año siguiente, la empresa no lo puede acumular, es decir, LA EMPRESA PIERDE LA CANTIDAD DESTINADA A FORMACION. NO PERMITA QUE SUCEDA. Contacte con CISET
El crédito proviene del importe cotizado a la Seguridad Social por la empresa en concepto de Formación Profesional durante el año anterior. A este importe se le aplica un porcentaje de bonificación en función de la plantilla media que determina el crédito para formación.
Para calcular el crédito se suman las cantidades ingresadas por la empresa en concepto de cotización por formación profesional y el resultado es la cuantía total. Esto es, para el cálculo de la cuota de Formación Profesional para 2009, basta con aplicar al conjunto de las Bases de Cotización por Desempleo, Formación Profesional y Fondo de Garantía Salarial del ejercicio 2008, el porcentaje del 0,70%. Para ello, necesitaréis recopilar los TC1 del año 2008 y sumar todas las Bases de Cotización por Desempleo, Formación Profesional y Fondo de Garantía Salarial (casilla 501 del TC1). Al resultado de dicha suma le aplicaremos el 0,70%, y la cifra resultante constituye el crédito anual para Formación Continua para 2009.

Resumen realizado con información de Fundacion Tripartita
Porcentajes de Bonificación según el tamaño de la empresa
A la cuantía total obtenida se le aplica el porcentaje de bonificación establecido para el año correspondiente que varía en función del tamaño de la empresa en lo referente a número de trabajadores
| Plantilla media anual | % Bonificación |
| 1 - 5 Trabajadores | 420,00 € garantizados |
| 6 - 9 Trabajadores | 100,00% |
| 10 - 49 Trabajadores | 75,00% |
| 50 - 249 Trabajadores | 60,00% |
| 250 Trabajadores o más | 50,00 % |
Tabla realizada a partir de información de Fundacion Tripartita
¿Qué coste máximo bonificable?
Es la cantidad máxima que una empresa puede bonificar del coste total de una determinada Acción Formativa. Aquel viene determinado por los módulos económicos máximos:
| Modalidad de Impartición | Nivel de formación básico | Nivel de formación Medio - Superior |
| Presencial | 9,00 € | 13,00 € |
| A distancia | 5,50 € | |
| Teleformación | 7,50 € | |
| Mixta | Coste máximo bonificable en función de las horas destinadas a cada tipo de formación | Coste máximo bonificable en función de las horas destinadas a cada tipo de formación |
Tabla realizada a partir de información de Fundación Tripartita
¿Quienes pueden recibir formación bonificada?
Los trabajadores que coticen por Formación Profesional a la Seguridad Social, tanto en empresas privadas como en Entidades Públicas Empresariales.
Quedan excluidos los funcionarios y los autónomos, así como cualquier trabajador de organismo público no empresarial
Resumen realizado con información de Fundacion Tripartita